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Profesor José Luis Guzmán participó en 3 congresos en Europa y Asia

A tres congresos científicos en Europa y Asia, en los cuales impartió sendas conferencias relativas a su especialidad, asistió como invitado el profesor titular de Derecho Penal y coordinador de Postgrado dela Escuelade Derecho dela Universidadde Valparaíso, profesor José Luis Guzmán Dálbora, durante la primera quincena del mes de noviembre de 2012.

En primero de ellos tuvo lugar enla Universidad Uludag, de Bursa (Turquía), el 2 de noviembre, en el marco del Congreso internacional sobre Derecho penal y Derechos Humanos, en el que expusieron penalistas de Alemania, España, Inglaterra y Turquía. La exposición del profesor Guzmán Dálbora versó sobre la jurisprudencia chilena en materia de crímenes internacionales, un asunto de interés para Turquía, pues actualmente ha impulsado procesos judiciales con los que pretende sancionar los crímenes perpetrados durante los gobiernos militares anteriores ala Constitución  aprobada a principios de los años ochenta del siglo XX.

Los siguientes eventos fueron organizados porla Universidad de Barcelona, los días 12-13 y 15-16 de noviembre. Uno trató sobre  “Orden constitucional global y Derecho penal”, en el que el profesor Guzmán expuso sobre el principio de legalidad penal en la jurisprudencia de los tribunales internacionales. El segundo llevó por título “Compliance y responsabilidad penal de la empresa”, un argumento de gran actualidad en España, ya que el país admite desde 2010 la posibilidad de imponer penas a las personas jurídicas de Derecho privado, por un número de delitos mucho mayor que el escuetísimo aceptado por la ley chilena en 2009.

En la ocasión, el profesor Guzmán acompañó al catedrático principal dela Casade estudios catalana, profesor Santiago Mir Puig, en la mesa de inauguración de este Congreso, con una exposición sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas desde la perspectiva filosófico-jurídica. Mir Puig y Guzmán coincidieron en que esta no puede ser responsabilidad penal auténtica y que, en todo caso, la teoría del delito de las empresas debe construirse a remolque de la teoría del delito para las personas naturales.

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