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Especialistas analizaron la autonomía de la voluntad en el proceso penal

En conversatorio organizado por la Escuela de Derecho.

La catedrática española Teresa Armenta, de la Universitat de Girona, y el académico Claudio Meneses, profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Valparaíso, participaron en el “Conversatorio en torno a la autonomía de la voluntad en el proceso penal”, actividad organizada por el Departamento de Derecho Procesal de la Escuela de Derecho UV, y patrocinada por la Red de Investigadores de Derecho Procesal.

Como moderador, participó Enrique Letelier, profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Valparaíso, quien destacó la importancia de la actividad, por cuanto “en el proceso penal, si uno lo mira en forma tradicional, las partes −que pueden ser el imputado o la víctima− tienen poco que hacer para la configuración del proceso. Sin embargo, los modernos sistemas procesales reconocen espacios de autonomía, para que haya, por ejemplo, negociaciones, tipo acuerdos reparatorios. O bien puede suceder que haya ciertas negociaciones −autorizadas por ley− entre el ministerio público y el imputado, para acordar penas más bajas a cambio de renunciar al derecho al juicio oral. Es decir, hay espacios de autonomía de la voluntad, lo que forma parte de un fenómeno que se reconoce como la contractualización del proceso, y eso viene a romper paradigmas del proceso penal tradicional”.

Apuntó el académico que lo anterior “no tiene que ver necesariamente con el derecho a reparación de la víctima, porque eso se inscribe dentro de la llamada justicia restaurativa. En el modelo de justicia restaurativa, la víctima sí tiene participación, y en el sistema chileno, yo diría que tiene una participación más o menos tímida a través de los acuerdos reparatorios. Sin embargo, yo diría que algunos procesos avanzan a modelos de mediación penal, que por ejemplo se deben traducir en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente en la nueva reforma, pero en otros sistemas extranjeros existen espacios más amplios. Esa es una manifestación, pero también hay otras, como por ejemplo procedimientos abreviados, en que hay una negociación de pena entre la defensa y el ministerio público”.

Por su parte, el profesor Claudio Meneses explicó que su ponencia se centró en “esto que se llama autonomía de la voluntad, que también se le puede llamar justicia consensuada en materia penal, pero en el ámbito probatorio, en todo lo referido al establecimiento de los hechos en los procesos penales, y cómo la ley chilena permite, a través de algunas figuras −yo me voy a referir a dos, que son las convenciones probatorias y las validaciones probatorias−, que las partes, a través de acuerdos, fijen ciertos aspectos del tema probatorio en los juicios, haciendo una excepción al régimen habitual, que se basa en pruebas y en un análisis de las pruebas por los jueces. Rendida de una determinada manera, la ley permite que los intervinientes celebren acuerdos, ya sea para fijar hechos o para determinar cierta manera de producir pruebas”.

Sobre si esta autonomía de la voluntad implica procesos judiciales más rápidos, comentó el académico: “Es una forma de mirar el tema. Yo más que más rapidez, lo considero más eficiente. Creo que acá la proclama tendría que ser que lo que abunda daña, y a veces el exceso de actividad probatoria puede generar un debilitamiento del conocimiento de los hechos. Entonces bajo esa proclama de que a veces, por lo menos en el tema probatorio, lo que abunda daña, es mejor descomprimir algunas actividades para que el trabajo probatorio siga siendo como tiene que ser, pero no tan fatigoso, no tan agotador, y por tanto permita que los tribunales conozcan mejor los hechos”.

A su vez, la catedrática Teresa Armenta explicó que su ponencia trató “sobre todo de lo que yo he llamado ‘derivas’ de la justicia, que no es necesariamente que la justicia vaya mal, sino que tiene diferentes manifestaciones complejas que hay que equilibrar. Y entonces que mucho se va a métodos alternativos, que mucho en el aspecto penal se negocia, cuando eso a lo mejor no es que el estado retrocede en la administración de justicia, y que a la vez la justicia se cuestiona. Cuando es un aspecto que la verdad es que no necesitamos, porque si no hay justicia, la salida es la autotutela, y la autotutela no ha demostrado ser la mejor opción”.

Destacó que su presentación correspondió a “una reflexión de bastantes años de derecho comparado en diversas culturas, en diversas manifestaciones, y que se ha servido de la pandemia, y atiende también a la pandemia, porque me ha dado el tiempo para poder escribir. En líneas muy generales es eso, y luego mucho de inteligencia artificial y tecnología, un tema que no es que esté por llegar: es que lo tenemos ya, y pasa que lo tenemos sin regular, algo que tenemos que hacer, o por lo menos tenemos que advertir los peligros, porque es un enorme instrumento, que también tiene sus peligros en materia de toda una serie de cuestiones que hay que cuidar. (…) Como todas las grandes cosas y lo que tiene que ver con la ciencia, no es un problema de rechazarlo, sino de aceptarlo como instrumento y establecer los necesarios contrapesos y controles”.

El conversatorio contó con la presencia del decano de la Facultad de Derecho de la UV, Alberto Balbontín, quien estuvo a cargo de las palabras iniciales.

El registro de la actividad se encuentra disponible en el canal YouTube de la Escuela de Derecho, https://www.youtube.com/channel/UCF2OyhuIV-Ve_4hpcPlgUSw.

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