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Académicas dialogaron sobre el acceso a la justicia en la nueva constitución

Décima sesión del ciclo “Reflexiones para la nueva constitución” contó con las exposiciones de profesoras de universidades nacionales.

Con exposiciones referidas a la consagración del acceso a la justicia de distintos grupos en la nueva constitución, y un posterior diálogo en torno a la temática, se desarrolló la décima sesión del ciclo “Reflexiones para la nueva constitución”, organizado por la Facultad y Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, con el objetivo de aportar desde la academia al momento constituyente chileno.

En la actividad expusieron Paula Vial, académica de la UC; Inés Robles, coordinadora de la Clínica Jurídica de la Escuela de Derecho UV; Marcela Aedo, profesora de Derecho UV; y Karina Uribe, docente de Derecho UV. Moderó la jornada Eduardo Morales, profesor de Derecho UV.

En su ponencia titulada “Acceso a la justicia desde una perspectiva de género”, Paula Vial explicó que “Chile va a tener la primera constitución paritaria del mundo. De las mujeres elegidas, afortunadamente muchas son feministas o tienen una perspectiva de género. No todas van a incorporar esta mirada feminista, pero sí sabemos que las y los constituyentes van a construir esta nueva constitución en paridad. La mirada feminista es importante en todos los temas de sociedad, no solo en aquellos relacionados con derechos sexuales y reproductivos, sino que en todas las cuestiones que dicen relación con los temas sociales, y particularmente en materia de justicia. Por eso me parece interesante comenzar señalando que la paridad es una cuestión de mínimos de justicia, y el acceso a la justicia es un mínimo de la paridad”

“El que esta constitución paritaria pueda asegurar un acceso a la justicia igualitario, es un primer logro que debe aparecer como resultado de esta experiencia constituyente, porque una de las principales preocupaciones para la elaboración de la constitución es que garantice de manera efectiva los derechos sociales para todos los ciudadanos, especialmente en el caso de los grupos históricamente vulnerados, donde se encuentran las mujeres. La discriminación que viven las mujeres es también una lucha contra todo tipo de discriminación, porque ésta impide el acceso de muchos grupos a los derechos humanos y a la justicia”, añadió.

“Hay una interseccionalidad en estas discriminaciones respecto de la mujer que es muy evidente. Se trata de una herramienta analítica que nos permite reconocer que las desigualdades sistémicas se configuran a partir de superposiciones de diferentes factores sociales, como género, étnica y clase social, y están presentes de manera conjunta en el caso de las mujeres. Por lo tanto, tiene que ser una prioridad el asegurar el acceso a la justicia en paridad, el asegurar que esa discriminación sea dejada atrás y se permita un acceso igualitario, garantizado en la constitución, a la justicia”, cerró.

Karina Uribe expuso sobre Acceso a la justicia de personas migrantes”, donde detalló que “en materia migratoria muchos estados tratan de crear comunidades acogedoras e inclusivas, pero la discriminación racial, la estigmatización, la xenofobia, el discurso de odio y los delitos motivados por el odio contra las personas migrantes, perpetúan su exclusión y la marginación, y con ello el acceso a la justicia para restablecer los derechos las personas afectadas en el contexto de ser extranjeros en un país, debe estar plenamente vigente”.

“La Asamblea General de las Naciones Unidas expresó su profunda preocupación por el importante y creciente número de migrantes que se encuentran en condición de vulnerabilidad, que aunque representan todavía un porcentaje muy bajo de la población mundial, se prevé que vaya aumentando exponencialmente dadas las condiciones políticas y climáticas que está enfrentando el mundo, y que va a ir provocando este movimiento de personas. Y en atención a esta situación de vulnerabilidad es que las Naciones Unidas, a través de la Asamblea General, exhorta a los estados a que adopten medidas para evitar enfoques que puedan agravar su vulnerabilidad , a que los protejan más eficazmente a estas personas migrantes, en consonancia con las obligaciones internacionales  que cada uno de los estados tiene. Chile es parte de esta comunidad internacional, y nos hemos transformado en un país de destino. Por lo tanto, estamos llamados a cumplir con estas directrices que nos entregan”.

“En esta materia seguimos quedando al debe cuando no existe un real compromiso del estado de Chile de garantizar justicia, no necesariamente reactivamente, sino que también respecto a los deberes que el estado tiene hacia las personas extranjeras de nuestro país. A propósito de la nueva constitución, va a ser interesante ver cómo el acceso a la justicia, y en particular estos grupos que forman parte de la sociedad, quede reconocido en el texto, junto con la diversidad que hay en nuestro país, lo que implica también dar reconocimiento a ese extranjero o extranjera, o al menos a sus realidades”, cerró.

Por su parte, Inés Robles expuso sobre “Acceso a la justicia de personas sobrevivientes de tortura (1973-1990). Una tarea pendiente”, entregando detalles sobre el proyecto de prácticas judiciales de delitos de lesa humanidad, de la Clínica Jurídica y de DDHH de la UV. Explicó que “la parte central del problema era que los programas establecidos en materia jurídica no contemplaban la representación de las víctimas de tortura, solo de familiares de personas hechas desaparecer o ejecutados/as políticos. En consecuencia, su posibilidad de acceso a la justicia estaba en el ámbito privado o la oferta de ONG u otros organismos que provenían de las propias víctimas. Solo la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, a través de su Unidad de Derechos Humanos, se acercó a esas víctimas para su representación, pero exclusivamente de dicha región, por lo que el resto de las víctimas del país no tenían alternativa”.

Respecto al programa de formación, explicó que sus objetivos son “comprender el marco normativo internacional relacionado con las violaciones sistemáticas, masivas e institucionalizadas de derechos humanos; comprender las acciones judiciales y administrativas que ha llevado adelante el estado de Chile para cumplir con sus obligaciones internacionales respeto de la reparación de las personas que fueron víctimas de las violaciones sistemáticas, masivas e institucionalizadas de derechos humanos; conocer la estructura y funcionamiento de los procesos judiciales en delitos contra derechos humanos; y elaborar estrategias jurídicas desde un abordaje biopsicosocial”.

“Como sueños, tenemos el crear unidades especializadas en derechos humanos a lo largo de todo el país del Ministerio Público y Policía de Investigaciones; que se generen políticas reales de reparación y formación en derechos humanos de policías, fuerzas armadas y gendarmería; el establecimiento explícito de la obligatoriedad de aplicación en cualquiera sea el grado de conocimiento y tipo de tribunal; políticas de reparación permanentes para situaciones de violencia institucional; y el fortalecimiento de la promoción en materia de derechos humanos”, cerró.

Finalmente, Marcela Aedo presentó la ponencia “Acceso a la justicia de personas privadas de libertad”, donde detalló que cuando las personas privadas de libertad sufren una vulneración en sus derechos, tienen severas dificultades para acceder a mecanismos administrativos y jurisdiccionales que les permitan denunciar esta situación. Muchos desconocen los dispositivos con los que cuentan y no poseen las herramientas para hacerlos valer, principalmente teniendo en consideración que un porcentaje de la población penal es analfabeta o presenta bajos niveles de escolaridad”. Esto cobra especial relevancia si se tiene presente que la legitimidad de un estado democrático de derecho se basa no solo en la consagración formal de un catálogo de garantías, sino que principalmente en la posibilidad real de ejercerlas”.

“En nuestra normativa general, el artículo 19 Nº 3 de la constitución indica que “toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el estado, si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley”. Además, contamos con los artículos 20 (Recurso de Amparo) y 21 (Recurso de Protección). Junto con ello, existe el Código Orgánico de Tribunales, Código Procesal Penal, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Americana de Derechos Humanos, y Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad”, destacó.

“De cara al proceso constituyente, considero que nosotros contamos con una normativa jurídica que es fácil de replicar a nivel constitucional sobre el acceso a la justicia de personas privadas de libertad, pero si no tenemos una institucionalidad y un presupuesto robusto en esta materia, y por otro lado si no tenemos una cultura que sea más empática con el acceso a la justicia como derecho, muy poco va a poder hacer una nueva carta magna en este sentido”, cerró.

El registro completo de la actividad se puede ver acá: https://bit.ly/3zdNCly

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